ABOGADOS DE FAMILIA EN ELDA-PETRER

Si tus circunstancias personales o económicas han cambiado, tu sentencia de divorcio o custodia también debe hacerlo. Somos expertos en actualizar medidas legales para adaptarlas a tu realidad actual, garantizando siempre el equilibrio patrimonial y el bienestar de tus hijos.

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Abogados de Familia en Elda-Petrer

 

El derecho de familia es dinámico porque las circunstancias personales no son inamovibles. La modificación de medidas es el cauce legal que permite actualizar y ajustar los términos dictados en una sentencia previa de divorcio, separación o de guardia y custodia. Si tu situación actual ya no encaja con lo que se firmó en su día, este procedimiento es la herramienta para restablecer el equilibrio.

En Romero Antón Abogados contamos con especialistas en Derecho de Familia que te acompañarán con la máxima sensibilidad en cualquier proceso de modificación de medidas. A través de esta solicitud judicial, tramitamos la revisión de aspectos esenciales como la pensión de alimentos, el calendario de visitas o el cambio en la guarda y custodia. Nuestro equipo de profesionales expertos y cercanos se encargará de reformar cualquier punto de tu resolución anterior, siempre que existan nuevas necesidades o variaciones sustanciales que lo justifiquen. Llámanos al  667 67 40 97 y protege tu futuro y el de los tuyos.

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Requisitos legales para solicitar la modificación de medidas

 

Para que un Juzgado de Familia admita a trámite una revisión de tu sentencia, deben cumplirse una serie de condiciones fundamentales. No cualquier cambio es válido; debe reunir estas características:

Variación real de la situación personal o económica: Es imprescindible demostrar que las circunstancias que existían cuando se firmó la sentencia original han variado de forma significativa.

Relevancia del cambio: Las nuevas circunstancias deben tener la entidad suficiente como para que, de haber existido en el momento del divorcio, las medidas adoptadas habrían sido distintas.

Carácter imprevisto: Debe tratarse de hechos nuevos que no pudieron ser previstos ni fueron tenidos en cuenta por el Juez o por las partes al redactar el convenio inicial.

Permanencia y estabilidad: El cambio no puede ser algo puntual o pasajero (como un trabajo de un solo mes). Debe ser una situación con vocación de durar en el tiempo.

Acreditación mediante pruebas: Todos estos cambios deben poder probarse documentalmente ante el juzgado (nóminas, contratos, informes médicos, etc.) para justificar la necesidad de la reforma.

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Principales causas para solicitar una modificación de medidas

Existen diversas situaciones que justifican legalmente la revisión de una sentencia. Estas son las más frecuentes en nuestro despacho de Elda:

Revisión de la pensión de alimentos

Es posible ajustar la cuantía de la pensión (ya sea para aumentarla, reducirla o extinguirla) cuando la capacidad económica de los padres o las necesidades de los hijos han cambiado.

Ejemplos: Un aumento o disminución drástica de ingresos, la pérdida del empleo o que el hijo ya sea económicamente independiente.

Cambio en el régimen de custodia

Podemos solicitar el paso de una custodia monoparental a una custodia compartida (o viceversa) si las circunstancias de los padres han mejorado o si la situación actual perjudica al menor.

Aspectos clave: El juez valorará el bienestar del niño, su adaptación al nuevo entorno y, si tiene más de 12 años, su opinión será escuchada mediante la exploración judicial.

Privación o limitación de la patria potestad

En casos de extrema gravedad, como el abandono de deberes, desatención reiterada o situaciones que pongan en riesgo al menor, se puede solicitar que la patria potestad recaiga en un solo progenitor. Es una medida excepcional que busca proteger la integridad física y emocional del niño.

Uso y disfrute de la vivienda familiar

La atribución del domicilio no es vitalicia. Se puede solicitar la extinción del derecho de uso si el progenitor que vive en ella convive con una nueva pareja estable, si los hijos alcanzan la mayoría de edad e independencia, o si se produce un cambio de custodia.

Actualización del régimen de visitas

El calendario de visitas debe evolucionar con la edad de los hijos. Se puede modificar para ampliar tiempos, ajustar horarios por cambios en la jornada laboral de los padres o para adaptar el régimen si uno de los progenitores traslada su residencia a otra localidad.

Modificación de la pensión compensatoria

A diferencia de los alimentos, esta pensión puede reducirse o eliminarse si desaparece el desequilibrio económico original.

Causas: Que el beneficiario encuentre un empleo estable, reciba una herencia importante o contraiga matrimonio/conviva con una nueva pareja. También si el pagador sufre un empeoramiento grave de su fortuna (como la jubilación o enfermedad).

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Conflictos en el ejercicio de la Patria Potestad (Art. 156 Código Civil)

 

 

Es común confundir la custodia con la patria potestad. Mientras la primera se refiere a la convivencia diaria, la segunda engloba las decisiones trascendentales en la vida de tus hijos. Cuando los progenitores no logran alcanzar un acuerdo en temas de vital importancia, la ley ofrece una vía de solución rápida.

Ejemplos comunes de desacuerdo:

Ámbito Educativo: Elección o cambio de centro escolar, o la decisión sobre cursar asignaturas de religión o ética.

Salud y Bienestar: Decisiones sobre intervenciones quirúrgicas no urgentes, tratamientos médicos de larga duración o terapias psicológicas.

Desarrollo Personal: Elección de actividades extraescolares, viajes al extranjero o celebraciones de carácter religioso (como la Primera Comunión).

El procedimiento de Auxilio Judicial

A diferencia de otros procesos, ante estas discrepancias no siempre es necesario tramitar una modificación de medidas completa. El artículo 156 del Código Civil establece un procedimiento ágil y sencillo:

Solicitud al Juez: El progenitor que desea tomar una decisión (o que se opone a la de la otra parte) solicita la intervención judicial argumentando qué es lo más beneficioso para el menor.

Vista Judicial: Se convoca a ambas partes a una comparecencia donde cada uno explica su postura ante el juez.

Resolución mediante Auto: Tras escuchar a los padres (y al menor si tiene madurez suficiente), el Juez dicta un Auto Judicial otorgando la facultad de decidir a uno de los dos progenitores sobre ese punto concreto.

Preguntas más frecuentes sobre la modificación de medidas

¿Cuánto tiempo tengo que esperar para pedir un cambio en la sentencia?

No existe un plazo legal mínimo (como seis meses o un año) para solicitar una modificación. El factor determinante no es el tiempo transcurrido, sino la aparición de un cambio sustancial en las circunstancias. Si a los dos meses de la sentencia uno de los padres cambia de ciudad por trabajo o pierde su fuente de ingresos, ya se puede iniciar el proceso de revisión.

¿Qué pasa si mi hijo ya es mayor de edad pero sigue viviendo conmigo?

Aunque el hijo cumpla 18 años, la pensión de alimentos no se extingue automáticamente si este carece de independencia económica por causas que no le sean imputables (como estar cursando estudios superiores con aprovechamiento). Sin embargo, sí se puede solicitar una modificación para ajustar la cuantía o, en caso de que el hijo ya trabaje y tenga ingresos propios, solicitar la extinción definitiva de la pensión.

¿Puedo pedir una modificación de medidas de forma provisional mientras sale el juicio?

Sí. En casos de especial urgencia (como un traslado escolar inminente o una situación de riesgo), se pueden solicitar Medidas Provisionales Coetáneas junto con la demanda principal. Esto permite que el Juez dicte una resolución rápida para regular la situación de forma temporal hasta que se celebre el juicio definitivo y se dicte la sentencia final.

¿Es obligatorio contar con abogado y procurador para este proceso?

Sí, para tramitar una modificación de medidas es preceptiva la intervención de abogado y procurador. Al tratarse de un procedimiento judicial que altera una sentencia firme anterior, es necesario garantizar que ambas partes cuentan con asesoramiento técnico. En el caso de que el cambio sea de mutuo acuerdo, ambos progenitores pueden compartir los mismos profesionales para reducir costes.

Derecho de Familia

Acompañamos a las familias en sus momentos más delicados con sensibilidad y rigor jurídico. Gestionamos procesos de filiación, tutelas y cualquier asunto legal que afecte al núcleo familiar y al bienestar de los menores.

Divorcio Express

Tramitamos tu divorcio o separación de mutuo acuerdo de forma ágil, económica y profesional. Nos encargamos de redactar el convenio regulador buscando siempre la solución más favorable para ambas partes.

Liquidación de Gananciales

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En Romero Antón Abogados contamos con más de 30 años de experiencia en servicios legales para particulares, pymes y grandes empresas. Ponemos a tu disposición un equipo de abogados, consultores y asesores de reconocida trayectoria profesional que estarán a tu plena disposición para prestarte asesoramiento completo en todo lo que precises. Te informaremos de todos tus derechos y obligaciones, aconsejándote sobre la forma más adecuada de proceder en cada caso. Puedes ponerte en contacto con nosotros en nuestra oficina de ELDA (Calle Padre Manjón 6) o llamarnos por teléfono y te pondremos en contacto con uno de nuestros asesores especialistas en el número 667 67 40 97 en horario de 9 a 19h.

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